martes, 1 de julio de 2008

Matrimonio con garantía

El matrimonio es una unión entre dos personas que cuenta con un reconocimiento social, cultural o jurídico, y tiene por fin fundamental la fundación de un grupo familiar, aunque también para proporcionar un marco de protección mutua o de protección de la descendencia, así es como se define en Wikipedia el vínculo que se establece entre los contrayentes.

Nada es perpetuo y ni mucho menos algo tan volátil como el compromiso de amor eterno que eleva a categoría sublime el deseo de un proyecto de futuro común tan incierto como arriesgado. En este sentido, resulta asombroso contemplar como la sociedad gesta mecanismos para contribuir a paliar cualquier contingencia.

Ayer en la Comunidad Valenciana se aprobó la Ley de Régimen Económico Matrimonial Valenciano a través de la cual los matrimonios celebrados en el territorio autonómico lo harán en
régimen de separación de bienes. En mi opinión, esta medida es como una garantía para evitar males mayores en caso de fracaso matrimonial.

¿No sería más lógico y aceptable obviar trámites jurídicos cuando hablamos de amor?

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